¿Conocen la Directiva Europea Whistleblowers sobre canales de denuncia?

¿Cómo afecta la Directiva a nuestras empresas? ¿En qué nos beneficia? ¿A qué nos obliga y en qué plazo? ¿Sanciones?

Sin ánimo de aburrirles transcribiendo la Directiva, queremos darles unas pinceladas e invitarles a qué nos consulten sin compromiso si desean información adicional.

La Directiva UE 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2019, es relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión. No solo es una Directiva Anticorrupción, se protegen los intereses de la Unión a través de la protección de sus denunciantes o alertadores independientemente de la motivación que tengan para denunciar.

Es una Directiva que permite la denuncia anónima e invierte la carga de la prueba.

Es el denunciado el que debe probar que no es responsable de los hechos que se imputan.

Se crea un mecanismo que libera de conflictividad a los Juzgados.

El canal, no sólo está pensado para filtrar conflictos, sino que PRECONSTITUYE PRUEBA de cara a conflictos posteriores judiciales.

La directiva no exime a nadie salvo algunas exclusiones muy concretas tales como las referentes a Seguridad Nacional, secreto profesional de abogados y médicos.

La norma entró en vigor el 17 de diciembre de 2019. El plazo de trasposición de la Directiva es hasta el 17 de diciembre de 2021. Los buzones de denuncia deberían estar puestos en todas las empresas y podemos ser sancionados hasta con 500.000€ si no cumplimos la ley.

En Pulchra podemos ayudarte a la implantación de medidas de Compliance, asi como a la creación de canales de denuncia. Nuestros expertos te propondrán lo más adecuado acompañándote en todo el proceso.

¿A qué nos obliga como empresas y en que plazo?

Las empresas estamos obligadas a tener un buzón de denuncias gestionado de forma independiente a la Empresa o Administración.

Desde la entrada en vigor de la Directiva, pasa a ser obligatorio el canal de denuncias para todas aquellas entidades jurídicas privadas con más de 50 empleados. También están obligadas a contar con buzón o canal de denuncias todas las entidades jurídicas públicas, incluidas las que sean propiedad o estén sujetas al control de una entidad jurídica pública.

En un principio, los Estados miembros podían eximir de esta obligación a los municipios de menos de 10.000 habitantes, o con menos de 50 empleados y otras entidades públicas o participadas con menos de 50 empleados, dando un margen. Pero sí deberían tener canal de denuncias aquellas que por su especificidad deban tenerlo (blanqueo, grandes tratamientos, datos de menores o médicos, sindicatos, asociaciones profesionales).

Sin embargo, a tenor de lo expresado por el Ministerio de Igualdad en este mes de septiembre de 2021, todas las empresas deben disponer de buzones de denuncia independientemente de su tamaño.

La normativa de denuncias de abuso exige la presencia de los canales de denuncia. (Ley Orgánica 3/2007, Real Decreto 901/2020 de 13 de octubre)

El buzón, canal o vías de denuncias interno es una herramienta compleja, que exige una

serie de singularidades para quien efectúa la gestión de la misma basada en las características de:

SEGURIDAD, INDEPENDENCIA, CONFIDENCIALIDAD, PROTECCIÓN DE DATOS, SECRETO y RESPONSABILIZACIÓN.

Es una herramienta que debe poseer una serie de subcanales que deben estar permanentemente operativos, web, carta física, email, denuncia telefónica y presencial. Y una serie de herramientas complementarias de certificación de las comunicaciones y de análisis de riesgos.

Y teniendo en cuenta esto…. nos preguntamos ¿es la persona más adecuada para recibir y hacer el seguimiento de las denuncias a nivel interno el jefe de RRHH, nuestro asesor jurídico, el director financiero, un miembro del Consejo de Administración o de la Dirección? Aunque lo contempla la norma, nos parece de una gran ambigüedad, frente a la necesidad de independencia, confidencialidad y seguridad, ya que ello podría generar desconfianza y miedo al denunciante pudiendo elegir denunciar por otra vía externa.

Consejo a las empresas

*No esperar hasta el último momento para aplicar la Directiva.

¡Los buzones de denuncia deberían estar puestos ya en todas las empresas!

*Externalización de la gestión de buzones internos

En nuestra opinión si desde el primer momento el legislador piensa y admite la EXTERNALIZACIÓN

DEL SERVICIO, tanto si es del ámbito público como del privado, creemos que es lo más acertado para:

  • Gestionar mejor el riesgo en nuestra empresa tanto financiero como de reputación corporativa
  • Evitar represalias al denunciante/alertador
  • Dar confianza y garantías al denunciante/alertador para favorecer que se solucionen sus preocupaciones internamente y que no acudan a otros canales provocando a la empresa daños financieros y de reputación. Hemos de tener en cuenta que el alertador tiene libertad de elección del canal de denuncia, pudiéndose hacer el caso público con el con la consiguiente posible responsabilidad y daño al prestigio de la empresa.
  • Que el empleado se sienta cómodo denunciando internamente. Los canales deben estar disponible 24 horas al día, 7 días a la semana, ofreciendo anonimato, estando disponibles en los idiomas pertinentes, y con explicaciones comprensibles.
  • Crear una buena estrategia de comunicación interna, regular y eficaz que implique que los empleados conozcan dichos canales de denuncia internos.
  • Implicación de la Dirección en el apoyo al sistema de denuncia.

¿En que nos beneficia como empresa esta Directiva?

Este mecanismo de detección precoz de irregularidades ofrece a las organizaciones la oportunidad de abordar las preocupaciones en una fase temprana y con ello evitar posibles sanciones económicas y daños a la reputación.

Los canales de denuncia promueven la revelación de comportamientos poco éticos e ilegales.

Hay estadísticas de que la mayoría de los denunciantes intentan resolver internamente su problema antes de acudir a otras vías cono las autoridades, medios de comunicación o público.

Hay estudios que muestran que la cultura de denuncia abierta, donde se promueva escuchar las preocupaciones del empleado, ayuda a las empresas tener más éxito financiero a largo plazo (Towey, Robert (2018): Whistleblowers ultimately help their companies perform better, a new study shows)

Si hay una buena implantación de esta cultura corporativa el empleado se fortalecerá como miembro de su empresa con un protagonismo en la protección de la misma frente el perjuicio de la reputación y las pérdidas financieras.